Rodolfo González Rissotto

SUMARIO: 1. Introducción – 2. Creación del departamento de Rocha – 3. Régimen electoral de la Constitución de 1830 – 4. Forma de integración de la Cámara de Senadores hasta 1933 – 5. Senadores elegidos por el Departamento de Rocha entre 1882 y 1933 – 6. Evolución en la integración de la Cámara de Representantes desde 1830 – 7. Diputados elegidos por el Departamento de Rocha entre 1882 y 2015 – 8. Los Gobiernos Departamentales entre 1830 a 1919; principales aspectos – 9- Los Gobiernos Departamentales desde 1919: organización institucional – 10. Autoridades Departamentales elegidas en Rocha entre 1919 y 2015
– 11. Evolución del electorado de Rocha con respecto al resto del país: una tendencia decreciente firme y sostenida a lo largo del tiempo – 12. Conclusiones

1. Introducción

Escribir la historia electoral de un departamento es muy importante, porque esta rama de las ciencias históricas no es habitualmente transitable. Sin embargo, el conocimiento de sus actos y procesos, es de los quehaceres más trascendentes para el conocimiento de la vida de una comunidad.

En los mismos se resuelve el destino de los departamentos por varios años, se sabe del accionar de los partidos y sectores políticos, de los principales dirigentes, de la evolución de las tendencias del electorado y de las oscilaciones, si las hay, a lo largo del tiempo.

Es un fresco de la realidad departamental y contribuye mucho a conocer cuáles fueron las decisiones que en el pasado tomaron los ciudadanos y el cuerpo electoral, en este caso de Rocha, para poder comprender mejor el presente.

2. Creación del departamento de Rocha

En 1830 cuando entró en vigencia la primera Constitución que rigió a los orientales se reconocía la existencia de nueve departamentos. En el transcurso del tiempo se fueron creando otros hasta llegar al número actual de diecinueve.

El departamento de Rocha fue creado por la ley Nº 1.474 de 7 de julio de 1880, aunque el proyecto había sido aprobado por la Asamblea General el 18 de marzo de ese año, en medio de la crisis política e institucional generada por la renuncia del Cnel. Lorenzo Latorre a la Presidencia de la República.

Para crearlo, se le segregó del departamento de Maldonado, estableciendo los límites, según, el artículo 2º) por la Laguna de Garzón, el arroyo del mismo nombre hasta sus nacientes y el Arroyo Alférez desde las suyas hasta el desagüe con el Aiguá y de allí hasta el Cebollatí y éste hasta la Laguna Merín siendo su otro límite todo el litoral atlántico. En esa norma se fijó que la capital estaría ubicada en la Villa de Rocha, que tendría a la misma por cabeza del departamento.

El artículo 5º preveía que la Ley se haría efectiva a partir del 1ª de agosto del año siguiente, y se facultaba al Poder Ejecutivo a dictar las medidas oportunas a fin de que en las fechas determinadas por la Constitución se procediese a efectuar las elecciones de Senador del departamento, los Representantes, los miembros de la Junta Económico-Administrativa y demás autoridades.

En tanto, el artículo 6º preveía que hasta tanto no se realizase el censo de población para confeccionar el Registro Cívico el departamento de Rocha elegirá dos Representantes Nacionales.

3. Régimen electoral de la Constitución de 1830

La Constitución de 1830 buscaba conciliar una representación igualitaria de cada departamento por un lado (Cámara de Senadores), y por el otro que tuviera en cuenta la población de cada uno de ellos (Cámara de Representantes). La solución institucional adoptada por los Estados Unidos en 1789 influyó en esta solución. Así regía una forma de elección y adjudicación de cargos para la Cámara de Senadores distintas que la de Diputados.

La normativa constitucional y legal se dirigió hacia regular la creación de un Registro Cívico del Estado, donde se inscribieran todos los ciudadanos que tuvieran las calidades designadas para tomar parte en la elección de las autoridades nacionales (Senadores y Diputados) y departamentales (miembro de las Juntas Económico-Administrativas), aunque tardó en efectivizarse. Inicialmente, como era habitual en la época, era temporal, se elaboraba para un acto eleccionario y luego se destruía.

Previamente y concomitantemente a partir del 1º de abril de 1830 se fueron aprobando leyes de elecciones que regularon diferentes aspectos del proceso electoral.

En forma paralela su fue gestando la necesidad de habilitar mecanismos que posibilitaran la representación de las demás fuerzas políticas, comenzando la crítica y los ensayos en formas que contemplaran las distintas expresiones políticas del cuerpo electoral.

La Ley Nº 1.957 de 3 de noviembre de 1887 poco tiempo después de la erección del departamento de Rocha, previó la creación de las Juntas Electorales, que tendrían un mandato de tres años, compuesta de 9 miembros titulares e igual número de suplentes. Entre sus competencias estaba la formación del Registro Cívico de cada departamento, creadas por la Ley de 16 de diciembre de 1874. Unos años después, por ley 2.221 de 28 de marzo de 1893 se creó el Registro Cívico Permanente, poniendo fin a la temporalidad de los mismos.

4. Forma de integración de la Cámara de Senadores hasta 1933

Para la Cámara de Senadores, se establecía en el artículo 27º que “La Cámara de Senadores se compondrá de tantos miembros cuantos sean los Departamentos del territorio del Estado, a razón de uno por cada Departamento”, y el 28º determinaba que “Su elección será indirecta en la forma y tiempo que designará la Ley”. La elección se realizaría en forma indirecta o de segundo grado, eligiendo el cuerpo electoral a un Colegio Electoral cuyos integrantes lo designarían. Su mandato sería de 6 años y para poder postularse a la reelección debería dejar pasar dos años.

La ley de Elecciones de 1º de abril de 1830, previa a la entrada en vigencia de la Constitución, obra de la Asamblea General Legislativa y Constituyente del Estado, fue considerada por José Ellauri como complementaria de la Carta que se juró el 18 de julio de ese año1.

En el Capítulo IV (artículos 30 a 40) se refería a la elección de Senador que debía ser elegido por el Colegio Electoral integrado por nueve ciudadanos, los que deberían reunir la calidad de naturales o legales, residentes en el departamento y fueran poseedores de bienes raíces o capital avaluado en $ 2.000. Se requería para su instalación un quórum mínimo de siete electores para fijar la fecha de la elección de Senador, para fijar la fecha y eventualmente podría convocarse a los suplentes del referido Colegio, cuando los titulares no pudieran concurrir por causa de enfermedad o algún otro motivo.

El Colegio Elector designaría un Senador titular y dos suplentes, en acto separado. La votación se haría en cédulas firmadas por cada uno de los miembros del Colegio presentes.

La modalidad utilizada en el país para elegir a los Senadores, no sufrió alteración cuando se reformó la Carta en 1918 y recién se modificó en 1934 cuando se pasó a una forma de integración de treinta miembros, elegidos en circunscripción única.

A partir de 1934 el alto cuerpo se conformó con quince senadores electos por el partido más votado y otros quince por el lema que le seguía en número de votos, conformando el llamado Senado de “medio y medio”, que se mantuvo hasta la reforma de 1942 que introdujo un sistema de representación proporcional.

A continuación se presenta una relación de los Senadores elegidos por el Departamento de Rocha entre 1882 y 1933, cuando se cambió la forma de integración de la Cámara Alta y dejó de ser uno por departamento.

5. Senadores elegidos por el Departamento de Rocha

entre 1882 y 1933

Nombres y apellidos

Años

Legislatura

A los efectos de determinar el período legislativo se toma en cuenta el de la Cámara de Diputados, que tenía un mandato de 3 años

Bauzá, Pedro Emilio

(P. Colorado)

1882-1888

14ª

Ramírez, José Pedro

(P. Constitucionalista)

1888-1894

15ª, 16ª, 17ª

José Pedro Ramírez renunció en 1889 y asumió su suplente Laudelino Vázquez, que se desempeñó hasta el 27 de febrero de 1891, en que fue designado miembro del Tribunal de Apelaciones de Primer Turno y asumió su cargo el segundo suplente Don Alejandro Magariños Cervantes, hasta el 8 de marzo de 1893 en que falleció y asumió su último suplente don Rosendo Otero hasta completar el período.

Capurro, Juan Alberto

(P. Colorado)

1894-1898

18ª, 19ª

El Poder Legislativo fue disuelto el 10 de febrero de 1898 por el Golpe de Estado del Presidente del Senado en ejercicio del Poder Ejecutivo Cr. Juan Lindolfo Cuestas

Lenzi, Carlos Eduardo

(P. Colorado)

1899-1901

20ª

Esa legislatura tuvo una duración de dos años, para completar el período anterior y mantener la elección por terceras partes del Senado que se hacían cada dos años y con un mandato de seis en total. De esa forma se pensaba regularizar la renovación parcial de la Cámara por tercios cada dos años

Alonso, Manuel R.

(P. Nacional)

1901-1907

20ª y 21ª

Fue declarado cesante al dejar de asistir a las sesiones del Senado en 1904, por falta de garantías para los legisladores de la oposición a comienzos de la guerra civil iniciada en 1904. Ocupó su lugar Martín Berinduague que era su suplente y prosiguió hasta la finalización de su mandato

Ros, Francisco J.

(P. Nacional)

1907-1913

22ª, 23ª y 24ª

Francisco J. Ros, presentó renuncia el 3 de marzo de 1911 y su suplente, Antonio Falco no aceptó la convocatoria, por lo que fue subrogado por José B. Gomensoro hasta completar el período

Varela Acevedo, Jacobo

(P. Colorado)

1913-1919

24ª, 25ª, 26ª

Espalter, José (P.Colorado)

1919-1925

26ª, 27ª, 28ª

Aramendía, Pedro

(P. Nacional)

1925-1931

28ª, 29ª, 30ª

Pedro Aramendía pasó a ocupar la Presidencia del Banco de la República Oriental del Uruguay, el 26 de junio de 1928 y fue sustituido por Francisco J. Ros que era su suplente hasta terminar el mandato

Demichelli, Alberto

(P.Colorado)

1931-1933

30ª, 31ª (h)

Alberto Demichelli pasó a desempeñarse como Ministro del Interior en agosto de 1932, por lo que fue convocado su primer suplente Fernando de los Reyes Pena que no aceptó, por lo que se convocó al segundo suplente el Sr. Víctor Benavídez

Las Cámaras fueron disueltas por el Golpe de Estado el 31 de marzo de 1933, dado por el Presidente de la República Dr. Gabriel Terra

José Pedro José, Espalter Ramírez,  Francisco J. Ros y Alberto Demichelli

José Pedro José, Espalter Ramírez,
Francisco J. Ros y Alberto Demichelli

6. Evolución en la integración de la Cámara de Representantes desde 1830

Preveía el artículo 18 que “La Cámara de Representantes se compondrá de miembros elegidos directamente por los pueblos, en la forma que determine la ley de elecciones que se expedirá oportunamente”. La norma consagraba un espíritu democrático, al consagrar la elección popular, entre aquellos que reconocía la calidad de ciudadanos.

El sistema de elección era directo, por el cuerpo electoral de cada departamento. El ciudadano más votado era elegido para desempeñarse como titular. El sistema en este caso era mayoritario, y solo tomaba en cuenta a las personas. En la época no se reconocía la existencia de partidos políticos o de cualquier otra forma de representación que se interpusiera entre el cuerpo electoral y las personas electas.

El sistema mayoritario fue siendo cuestionado en todo el mundo y se buscaron fórmulas para contemplar modalidades de representación2. En Uruguay se impuso una modalidad que habilitaba la coparticipación y terminó reconociendo la existencia de los partidos políticos en la Paz de Abril de 1872, que puso fin a la “Revolución de la Lanzas” iniciada en 1870 por Timoteo Aparicio y Anacleto Medina contra el gobierno exclusivista y excluyente de Lorenzo Batlle. “La fórmula de pacificación, al consagrar en los hechos un sistema de representación política (no proporcional), si bien se apartaba de las normas constitucionales y legales, exhibía un realismo importante, a la vez que permitía señalar el advenimiento de un nuevo tiempo…”.3.La solución fue política, pero modificó la composición de las Cámaras al habilitar el ingreso de otro partido, mediante una distribución territorial de bancas entre los partidos políticos.

La revolución de 1897 liderada por Aparicio Saravia en pos de las libertades y de un conjunto de garantías del sufragio para imponer la verdad electoral, culminó con el Pacto de La Cruz, el 18 de septiembre, por el cual, en el artículo 2º suscripto entre los representantes de los nacionalistas como los del gobierno colorado, se aseguraba que se incorporaría una representación de las minorías por el sistema del voto incompleto en la Cámara de Representantes. Para ese entonces ya se había creado el departamento de Rocha y de esa forma se aseguraría una representación de las dos principales fuerzas políticas.

El acuerdo se formalizó mediante ley de elecciones de 22 de octubre de 1898 por el cual “No consagraba el principio de la representación proporcional, sino un sistema conocido de “lista incompleta”. La minoría tendría derecho a estar representada en el Parlamento, llegando a ocupar hasta un tercio de sus bancas. Para ello cada elector votaría por todos los candidatos de una circunscripción departamental, pero con un lema (nombre) individualizante del partido político a que pertenecía. Tendrían derecho a estar representadas en el Parlamento las dos primeras mayorías y ella se determinaba según la cantidad de votos que recibían los diferentes “lemas” que comparecían a las elecciones. Los que conseguirían mayor cantidad de votos, obtendrían los dos tercios de los cargos en disputa, y los que seguían en número de sufragios tendrían derecho al tercio restante”4.

En 1903 hubo otro alzamiento nacionalista por la amenaza del recién designado Presidente Batlle y Ordóñez en desconocer el Pacto de La Cruz y se suscribió un nuevo acuerdo, en Nico Pérez, que ratificaba en líneas generales esa política. Pero el mismo fue de corta duración, porque en ese año, el gobierno se preparó para enfrentar a los nacionalistas y consolidar el poder en manos del partido que lo tenía desde 1865. En 1904 se inició la guerra civil mediante un asalto coordinado de las fuerzas gubernamentales hacia los departamentos que controlaban los nacionalistas (Cerro Largo, Rivera, Flores, Treinta y Tres, Maldonado y San José).

La guerra civil concluyó con la muerte del caudillo nacionalista, herido de gravedad en la batalla de Masoller (1º de setiembre), mediante la suscripción de un acuerdo, que no se puede sostener que fue un pacto, porque el gobierno impuso sus condiciones. El ultimátum del gobierno fue dignamente respondido por los nacionalistas, en un programa que concretaba sus principios, en momentos en que se cernía sobre la nación una nueva etapa de hegemonía política y electoral, aunque se extendería por poco tiempo, ya que el plebiscito de 1916 y la constituyente de 1917 lo impidieron, por la acción de los partidos y sectores de la oposición.

En el plazo inmediato, se aprobó una ley en ese mismo año de 1904, que consolidaba en el plano político electoral la victoria militar de los colorados. La Ley Nº 2.912 de 21 de octubre y su modificativa Nº 2.915 de 15 de noviembre de ese año, en lo esencial, cambiaba algunos aspectos de la Ley de Registro Cívico Nacional y la fecha de convocatoria de elecciones, así como en por la Ley de Elecciones Nº 2.920 es de 27 de diciembre del mismo año. La esencia de la reforma, decía Eduardo Acevedo “pretendía aumentar la representación del Partido de la mayoría y disminuir el de la minoría….”5. La referida norma fue motejada por el Dr. Luis Alberto de Herrera como “Ley del Mal Tercio”, en la edición del 12 de noviembre de 1904 en el diario “La Democracia”.

Cuando se analiza los resultados en todo el país, surge nítidamente que la medida buscaba aumentar la representación del gobierno en el Poder Legislativo y así ocurrió, pues de contar con 46 bancas pasó a sumar 56 (ganaba 10 Diputados), en tanto que la oposición que tenía 23 bancas, perdía 4 y quedaba con 196. En el caso del departamento de Rocha, la Ley de 1898 consagraba 2 bancas para el partido más votado y 1 para el que le seguía en número de votos, en tanto que por la ley de 1904, se reducía el número de bancas, de 3 a 2, para impedir que la minoría pudiera acceder al tercio de bancas en disputas.

Pero además, las maniobras fueron narradas por las propias autoridades gubernamentales, por ejemplo en el caso de Rocha, la apertura especial del Registro Cívico Nacional entre noviembre y diciembre de 1904, para inscribir a los efectivos militares no se pudo cumplir plenamente, como lo destacaba, “…el Jefe Político de Rocha, Don Miguel Lezama, uno de los más fervientes adherentes a Batlle le escribió haciéndole saber que el empadronamiento marchaba bien “pero que se sentía la falta del 3° y 6° de caballería, cuerpos que han sido formados con elementos del departamento y que se consideran perdidos. Habría la necesidad del regreso de uno de estos cuerpos…..” con la clara intención de poder inscribirlos en los Registro Cívico para luego estar en condicionesde hacerlos votar y disputarle ese departamento a los blancos donde las simpatías por el nacionalismo eran muy fuertes”7.

En las elecciones celebradas el 22 de enero de 1905, el gobierno se impuso en casi todos los departamentos, merced a la maquinaria que le permitía manipular las elecciones, mediante fraudes, coacción o alteración de los resultados. En los únicos departamentos donde triunfó la oposición fueron en Rocha, Cerro Largo, San José y Flores.

En Rocha resultaron electos los ciudadanos Francisco H. López y Ernesto F. Pérez, pero varios legisladores colorados recurrieron el resultado de las elecciones y cuestionaron el escrutinio de la Junta Electoral, pretendiendo anular 126 sufragios computados a los nacionalistas para alterar el resultado de dichos comicios. Los debates se prolongaron ya que la propia Cámara era Juez de las Elecciones y de esa forma se impidió que los electos pudieran asumir los cargos para los que habían sido electos, hasta que la mayoría de la Cámara de Representantes, resolvió crear una Comisión de siete miembros8. Quedó compuesta por Feliciano Viera, Manuel B. Otero, Vicente Ponce de León, Ricardo J. Areco, Federico Fleurquin, Germán Roosen y Juan Fr. Lacoste. La Comisión se expidió en 18 de octubre y finalmente, el 26 de octubre de 1905 se aprobó el informe por el cual se anularon las elecciones en el departamento de Rocha, impidiendo que en la 22ª Legislatura hubiera representantes nacionales por el departamento.

En 1907 y 1910 se aprobaron sendos proyectos de ley de elecciones que se limitaron a modificar el número de bancas por departamento y a otorgar alguna representación a la minoría, aunque no proporcional. Más importante fue la ley de junio de 1910 que estableció el doble voto simultáneo, que se utiliza hasta el presente9.

Otro hito fue la ley de setiembre de 1915 convocando a elecciones para la segunda Asamblea Nacional Constituyente, en su artículo 50 contenía una disposición que ha inducido a confusión, ya que no estableció la representación proporcional como se afirma erróneamente, sino solo para la minoría o minorías, en tanto que se preveía que se votarían por sistema de lista incompleta respecto de la mayoría. En la ocasión introdujo el concepto de “cociente electoral” y se le atribuyen efectos en la adjudicación de cargos, adoptando el sistema de “Hare” o de “Mayor Resto”.

La Constitución de 1918 estableció la representación proporcional integral. Sin embargo, entre 1919 y 1925 se utilizó el sistema “Hare”, pero a partir de ese año, con la aprobación de la Ley Nº 7.912 de 22 de octubre de 1925 se pasó a aplicar el sistema “D’Hondt”, que ha provocado que en algunas elecciones (1958, 1966, 2009 y 2014) se altere el principio de la representación proporcional integral, otorgando mayorías parlamentarias al partido que no tuvo esas mayorías a nivel popular.

El número de Representantes Nacionales pasó de ciento veintitrés en la Constitución de 1918 al de noventa y nueve que rige desde la Carta de 1934 hasta el presente. Y se dispuso constitucionalmente un mínimo de dos Diputados por departamento. La innovación planteaba una nueva regulación en la distribución de bancas de la Cámara de Representantes, que alcanzaba incluso a la electa en ese período. La misma fue atendida por la Ley Nº 9.411 de 14 de julio de 1934, que si bien no alteró el principio de representación proporcional integral, en cuanto respeta la totalidad de los votos válidos en la conformación del Parlamento. Pero modifica, las titularidades de algunas bancas de Diputados, para cumplir, con la exigencia de dos representantes por departamento10.

Un aspecto político que tuvo una gran incidencia en el departamento de Rocha como en otros del país, fue que el nacionalismo votó en forma separada, no acumulando por lema entre las elecciones de 1938 a las de 1954. Durante ese lapso lo hicieron con dos lemas o denominaciones distintas que no tenían la facultad de acumular los sufragios: una el Partido Nacional y la otra, desde 1942 utilizó el lema Partido Nacional Independiente. Recién volvieron a sufragar juntos en las elecciones de 1958 tras lograrse la reunificación del nacionalismo y que en esos comicios les permitió acceder al gobierno nacional y al departamental en Rocha entre otros.

7. Diputados elegidos por el Departamento de Rocha entre 1882 y 2015

Nombres y apellidos

Años Diputado

Legislatura

Formoso, Hermógenes (P. Colorado)

1882-1885

14ª

García, Exequiel (P. Colorado)

1882-1885

14ª

En las elecciones de noviembre de 1881 se abstuvieron el P. Nacional y el P. Constitucionalista. Solo compareció el sector colorado que seguía las orientaciones del Ministro de Guerra y Marina Gral. Máximo Santos

Piñeiro, Vicente María (P. Colorado)

1885-1888

15ª

Rachetti, José (P. Colorado)

1885-1888

15ª

En las elecciones de noviembre de 1884 se abstuvieron el P. Nacional y el P. Constitucionalista. Solo compareció el sector colorado que seguía las orientaciones del Presidente Cap. Gral. Máximo Santos

Izcua Barbat, Marcelino (P. Colorado)

1888-1891

16ª

Sáenz de Zumarán, Carlos (Alianza entre el P. Nacional y el Constitucionalista)

1888-1891

16ª

Izcua Barbat, Marcelino (P. Colorado)

1891-1894

17ª

Pacheco, Alfonso (P. Colorado)

1891-1894

17ª

Rodríguez, Gregorio L. (P. Colorado)

1891-1894

17ª

En las elecciones de noviembre de 1890 se abstuvieron el P. Nacional y el P. Constitucionalista, ante la falta de garantías del sufragio y la política intervencionista del gobierno

Lenzi, Carlos A. (P. Colorado)

1894-1897

18ª

Rodríguez, Gregorio L. (P. Colorado)

1894-1897

18ª

Zorrilla, Eduardo (P. Colorado)

1894-1897

18ª

En las elecciones de noviembre de 1893 se abstuvo el P. Nacional, ante la falta de garantías del sufragio y la política intervencionista del gobierno. El P. Constitucionalista se había disuelto en ese año 1893 y aconsejó a sus seguidores que se incorporaran a los partidos históricos

Espalter, José (P. Colorado)

1897-1898

19ª

Figari, Pedro (P. Colorado)

1897-1898

19ª

Regules, Pedro (P. Colorado)

1897-1898

19ª

En las elecciones de noviembre de 1896 se abstuvo el P. Nacional, que estaba preparando la revolución que estallaría en marzo de 1897. El 2 de setiembre de 1896 se había creado en Buenos Aires la Junta de Guerra que debía organizar el alzamiento nacionalista

Las Cámaras fueron disueltas el 10 de febrero de 1898 por un Golpe de Estado dado del Presidente del Senado en ejercicio del Poder Ejecutivo Cr. Juan Lindolfo Cuestas

Espalter, José (P. Colorado)

1899-1902

20ª

Gil, Juan (P.Nacional)

1899-1902

20ª

Regules, Elías (P.Constitucionalista)

1899-1902

20ª

En las elecciones de noviembre de 1898, se celebró un acuerdo el 19 de ese mes, para distribuir las bancas entre los partidos por lo que no hubo competencia electoral. Y la tercera banca se asignó al antiguo P. Constitucionalista

Graña, Julián L. (P. Colorado)

1902-1905

21ª

López, Francisco H. (P. Nacional)

1902-1905

21ª

Marzol, Eliseo (P. Colorado)

1902-1905

21ª

Suárez, Martín (P. Colorado)

1902-1905

21ª

En las elecciones de noviembre de 1901, se celebró un acuerdo, para distribuir las bancas entre los partidos y tampoco en ese año hubo competencia electoral. Se acordó que cada uno tendría derecho a dos bancas

El Diputado Francisco H. López fue declarado cesante en febrero de 1904, a comienzos de la guerra civil por haberse asilado en la Legación Argentina, en solidaridad con su Partido

*

1905-1908

22ª

*

1905-1908

22ª

Las elecciones de 22 de enero de 1905 fueron electos los ciudadanos Francisco H. López y Ernesto F. Pérez por el Partido Nacional que obtuvo 1.653 sufragios, en tanto que los colorados alcanzaron 1.587 votos. El resultado fue impugnado por parlamentarios colorados Pedro Manini Ríos, Adolfo H. Pérez Olave y Gabriel Terra. Luego de 8 meses de estudios y análisis, en sesión de la Cámara de Representantes del 26 de octubre de 1905, la mayoría de Diputados que respondían al Presidente Batlle y Ordóñez, anularon dichos comicios con el pretexto de defectos formales, sobre la composición del Registro Cívico de Rocha

Bica, Carlos (P. Colorado)

1908-1911

23ª

López, Francisco H. (P.Nacional)

1908-1911

23ª

Repetto, José (P. Colorado)

1908-1911

23ª

Por la Ley Nº 3.237 de 2 de setiembre de 1907 la representación de Rocha se aumentó de dos a tres Diputados

De Los Santos, Orosmán (P. Colorado)

1911-1914

24ª

Vidal Belo, Toribio (P. Colorado)

1911-1914

24ª

*

1911-1914

24ª

En octubre de 1910 el Directorio del Partido Nacional resolvió proclamar la abstención en todo el país, dado la falta de garantías electorales. Debido a ello y ante el empleo del sistema electoral de lista incompleta por el cual se postulaban un número menor de candidatos para cumplir con ese sistema empírico. Por ello, fueron elegidos 2 Representantes por Rocha en esa legislatura, ambos del P. Colorado y quedó así la representación disminuida por Rocha al igual que en otros departamentos

Almada, Amadeo (P. Colorado)

1914-1917

25ª

Pérez, Ernesto F. (P.Nacional)

1914-1917

25ª

Terra, Gabriel (P. Colorado)

1914-1917

25ª

Bonnet, Julio E. (P. Colorado)

1917-1920

26ª

Espalter, José (P. Colorado)

1917-1920

26ª

Lezama, Teodosio E. (P. Colorado)

1917-1920

26ª

Pérez, Ernesto F. (P.Nacional)

1917-1920

26ª

Por la ley de diciembre de 1916, propuesta por el Representante Nacional por Rocha Dr. Gabriel Terra, se modificaba la distribución de bancas, para favorecer a las mayorías donde se sabía que el gobierno tenía mayoría y a las minorías, donde el gobierno era minoría. En Rocha se elevó el número a 4 Diputados, de los cuales 3 serían de la mayoría y 1 de la minoría.

Hermógenes López Formoso,  Héctor Lorenzo y Losada, Francisto H. López y Ernesto F. Pérez

Hermógenes López Formoso,
Héctor Lorenzo y Losada, Francisto H. López y Ernesto F. Pérez

Bonnet, Julio E. (P. Colorado)

1920-1923

27ª

Lorenzo y Losada, Héctor (P. Nacional)

1920-1923

27ª

Minelli, Pablo María (P. Colorado)

1920-1923

27ª

Pérez, Ernesto F. (P. Nacional)

1920-1923

27ª

Bonnet, Julio E. (P. Colorado)

1923-1926

28ª

López, Francisco H. (P. Nacional)

1923-1926

28ª

Minelli, Pablo María (P. Colorado)

1923-1926

28ª

Vigliola, Alfredo S. (P. Nacional)

1923-1926

28ª

Barrios Amorin, Javier (P.Nacional)

1926-1929

29ª

Bonnet, Julio E. (P. Colorado)

1926-1929

29ª

Minelli, Pablo María (P. Colorado)

1926-1927, 15/III/

29ª

Oficialdegui, Miguel (P. Colorado)

1926-1929

29ª

Pérez, Ernesto F. (P.Nacional)

1926-1929

29ª

Arrarte Corbo, Cecilio (P.Nacional)

1929-1932

30ª

Barrios Amorín, Javier (P. Nacional)

1929-1932

30ª

Bonnet, Julio E. (P. Colorado)

1929-1932

30ª

Méndez, Lino E. (P. Colorado)

1929-1932

30ª

Arrarte Corbo, Cecilio (P.Nacional)

1932-1933

31ª

Lladó, Antonio (P.Nacional)

1932-1933

31ª

Minelli, Agustín (P. Colorado)

1932-1933

31ª

Valiño y Sueiro, Antonio (P. Colorado)

1932-1933

31ª

Las Cámaras fueron disueltas por el Golpe de Estado dado el 31 de marzo de 1933, por el Presidente de la República Dr. Gabriel Terra

Pedro Figari, Arístides Lezama y Gregorio Anza

Pedro Figari, Arístides Lezama y Gregorio Anza

Corbo Martínez, Homero (P. Colorado)

1934-1938

32ª

Torres, Amaranto B. (P. Colorado)

1934-1938

32ª

Vigliola, Alfredo S. (P.Nacional)

1934-1938

32ª

Garra, Eduardo F. (P. Colorado)

1938-1942

33ª

González, Eladio I. (P.Nacional)

1938-1942

33ª

Techera, Ricardo (P. Colorado)

1938-1942

33ª

Las Cámaras fueron disueltas por el Golpe de Estado dado el 21 de febrero de 1942 por el Presidente de la República

Gral. Arq. Alfredo Baldomir

Barrios Amorin, Javier

(P.Nacional Independiente)

1943-1947

34ª

Silveira, Medardo A. (P. Colorado)

1943- al 7/IX

34ª

Valiño y Sueiro, Antonio (P. Colorado)

1943-1947

34ª

Barrios Amorin, Javier (P. Nacional Independiente)

1947-1951

35ª

Espalter, Aquiles (P. Colorado)

1947- 1949

35ª

Vigliola, Alfredo S. (P. Nacional)

1947-1951

35ª

Gabito Barrios, Antonio (P. Nacional)

1951-1955

36ª

Lezama, José León (P. Colorado)

1951-1955

36ª

Lorenzo y Losada (h.), Héctor (P. Nacional Independiente)

1951-1955

36ª

Minelli, Agustín (P. Colorado), renunció y asumió el Sr Juan Rodríguez Correa.

1951- a 3/IV/1951

36ª

Gabito Barrios, Antonio (P. Nacional)

1955-1959

37ª

Lorenzo y Losada (h.), Héctor (P. Nacional Independiente)

1955-1959

37ª

Rodríguez Correa, Juan (P. Colorado)

1955-1959

37ª

Lezama, José León (P. Unión Demócrata Reformista)

1959-1963

38ª

Lorenzo y Losada (h.), Héctor (P. Nacional)

1959-1963

38ª

Rodríguez Correa, Juan (P. Colorado)

1959-1963

38ª

Ache Etchart, Nasim (P. Colorado)

1963-1967

39ª

Pereyra, Carlos Julio (P. Nacional)

1963-1967

39ª

Amorín Larrañaga, Ernesto (P. Nacional)

1967-1972

40ª

García Rijo, Washington (P. Colorado)

1967-1972

40ª

Amorín Larrañaga, Ernesto (P. Nacional)

1972-1973

41ª

López Barrera, Jaime (P. Colorado)

1972-1973

41ª

Las Cámaras fueron disueltas el 27 de junio de 1973 por el Golpe de Estado dado por el Presidente de la República Sr. Juan María Bordaberry

Víctor J. Barrios,  Jaime López Barrera y  Washington García Rijo

Víctor J. Barrios, Jaime López Barrera y Washington García Rijo

Amorín Larrañaga, Ernesto (P. Nacional)

1985-1990

42ª

García Rijo, Washington (P. Colorado)

1985-1990

42ª

En los Golpes de Estado, 1898, 1933, 1942 la interrupción del funcionamiento institucional no fue mayor al de un año, y casi de inmediato se realizaron elecciones para conformar los órganos del Poder Legislativo. En 1973 la irrupción fue de 11 años antes de que se realizaran las siguientes elecciones nacionales.

Moreira Graña, Néstor (P. Nacional)

1990-1995

43ª

Rubio Fernández, María Celia

(P. Colorado)

1990-1995

43ª

Cardoso, José Carlos (P. Nacional)

1995-2000

44ª

Puñales Brun, Yeanneth(P. Colorado)

1995-2000

44ª

Arrarte Fernández, Roberto (P. Nacional)

2000-2005

45ª

Barrios, Artigas A. (Partido Frente Amplio)

2000-2005

45ª

Puñales Brun, Yeanneth (P. Colorado)

2000-2005

45ª

Cardoso, José Carlos (P. Nacional)

2005-2010

46ª

Pereyra, Aníbal (Partido Frente Amplio)

2005-2010

46ª

Cardoso, José Carlos (P. Nacional)

2010-2015

47ª

Pereyra, Aníbal (Partido Frente Amplio)

2010-2015

47ª

Cardoso, José Carlos (P. Nacional), optó por el Senado y asumió Alejo Umpiérrez.

2015-2020

48ª

Aníbal Pereyra (Partido Frente Amplio) optó por la Intendencia y asumió Darcy De los Santos

2015-2020

48ª

Ernesto Amorín Larrañaga, Carlos Julio Pereyra y José Carlos Cardoso

Ernesto Amorín Larrañaga, Carlos Julio Pereyra y José Carlos Cardoso

 

8. Los Gobiernos Departamentales entre 1830 a 1919, principales aspectos

La Constitución de 1830 en su Sección X, reguló lo concerniente al “Gobierno y Administración de los Departamentos, y estableció la existencia de autoridades ejecutivas y legislativas en los departamentos. El artículo 118 preveía que: “Habrá en el pueblo cabeza de cada departamento un agente del Poder Ejecutivo, con el título de Jefe Político, y al que corresponderá todo lo gubernativo de él; y en los demás pueblos subalternos, Tenientes sujetos a aquél”.

La ley de 18 de diciembre de 1908, modificó la normativa creó el Departamento Ejecutivo en el gobierno departamental, encargándolo a un Intendente, aunque mantuvo el criterio de designación por el Poder Ejecutivo.

En tanto que en materia legislativa, se preveía la existencia de “Juntas Económico-Administrativas”, que estarían compuestas en número no inferior a cinco ni superior a nueve integrantes. Según el artículo 122, serían elegidas en forma directa por el cuerpo electoral del departamento. La ley de elecciones de abril de 1830 preveía que “el domingo inmediato siguiente al nombramiento de Representantes, se reunirían los ciudadanos para elegir directamente a quienes integrarían las Juntas Económico-Administrativas”. Tomaban posesión del cargo, habitualmente el 1º de enero cada tres años.

El proyecto para organizar el “Régimen Municipal” de Berro elevado a consideración del Parlamento en 1861, con el fin como decía Pivel Devoto “de fundar la República y el sistema representativo mediante la capacitación del ciudadano y la jerarquización de las instituciones”11. Escribía Berro: “La savia que da vida, alimenta y hace desarrollar el régimen republicano, no está arriba, en el gobierno; no desciende de éste al pueblo; está abajo, en el pueblo y sube de aquí para arriba, al gobierno”. Ese pensamiento alumbró y generó una poderosa corriente en pos del autonomismo departamental que llevó a cambios en el ordenamiento institucional a comienzo del siglo XX y que abrió ancho cauce a la participación ciudadana en la elección de los gobernantes departamentales, tanto a nivel ejecutivo como legislativo y se adelantó a la creación de un tercer nivel de descentralización con los Municipios.

El reclamo por la autonomía departamental y la elección popular de sus miembros fue creciendo en intensidad y se plasmó en las movilizaciones populares que desde el plebiscito de 1916 abrió la vía para las reformas de las garantías electorales, libertad de sufragio, un sistema de representación proporcional integral y sobre la forma de organización del poder ejecutivo nacional y departamental,

9. Los Gobiernos Departamentales desde 1919: organización institucional

Un cambio fundamental tuvo lugar a partir de la reforma de la Constitución de 1918 cuando el cargo ejecutivo departamental se tornó electivo, poniendo fin al centralismo capitalino y abriendo camino a las autonomías largamente reclamadas.

Se previeron dos órganos para el gobierno departamental. En el caso de la autoridad ejecutiva departamental, se organizó con una integración colegiada, que contaría entre tres y siete miembros. El artículo 130 de la Carta establecía que sus miembros serían elegidos popularmente, con las garantías que para el sufragio establecía la Sección II de la Constitución. También se previó, aunque no se llegaron a instalar, Consejos de Administración en las distintas localidades de los departamentos. En tanto que para el legislativo se adoptó el nombre de Asambleas Representativas, y a sus miembros se les daba el tratamiento de “Diputados Departamentales”. Se estableció el principio de la proporcionalidad en la elección de ambos órganos.

En Rocha, inicialmente el Consejo Departamental tenía siete miembros, pero luego aprobada la Ley de 1919 se redujo a cinco integrantes, electos por un sistema de representación proporcional integral, mediante el doble voto simultáneo. En tanto, que la Asamblea Representativa se componía de treinta y un miembros, elegidos, electos por las misma modalidad.

La Constitución de 1934, modificó la integración de las autoridades departamentales, ya que se abandonó el régimen colegiado y se volvió al unipersonal, el Intendente, que mantuvo su forma de elección popular. También fueron electos los miembros de las Juntas Departamentales que vieron reducido su número a once miembros en Montevideo y nueve en los restantes departamentos. Asimismo, se preveía la designación directa por los Intendentes, de las Juntas Locales no electivas, aunque debería respetar en lo posible la proporcionalidad de la Junta Departamental en la representación política de los distintos partidos.

En el año 1934 no se hicieron elecciones de autoridades departamentales, ya que una disposición de la Constitución previó que tanto los Intendentes, como los miembros de las Juntas Departamentales serían designados por el Presidente actuando con los Ministros. Por lo tanto, no se realizaron elecciones para su provisión y simplemente fueron designados por el Poder Ejecutivo sin participación popular.

La reforma constitucional de 1942 supuso modificaciones de escasa importancia, pues llevó el número de miembros de las Juntas Departamentales de quince a treinta y un en Montevideo y de nueve a quince en los otros departamentos.

En 1951 la reforma de la Carta supuso una vuelta a la organización colegiada para el Ejecutivo Nacional y los Departamentos, como lo había sido entre 1919 y 1933. La nueva organización institucional rigió entre 1955 a 1967 en que se retornó a un sistema unipersonal.

Amaranto Torres, Miguel Dinegri Costa y Medardo Silvera

Amaranto Torres, Miguel Dinegri Costa y Medardo Silvera

Los Concejos Departamentales se compondrían de siete miembros en Montevideo y cinco en los restantes departamentos. A su vez las Juntas Departamentales, incrementaron el número de sus miembros, ya que pasó de treinta y uno a sesenta y cinco en Montevideo y de quince a treinta y uno, en los demás departamentos.

En ese período, en Rocha, asumió como Intendente la primera mujer que se desempeñó en tan alta investidura, en la historia del país. En efecto, la Maestra Amabilia Márquez Castro era cuarta suplente del titular que resultó electo Intendente de Rocha para el período 1951 a 1955 y por renuncia y fallecimiento de los que la antecedían en la hoja de votación, terminó siendo convocada y ocupó el cargo en el período agosto de 1954 al 15 de febrero de 1955, en que no solo asumieron las nuevas autoridades. Su elevación a la principal jerarquía departamental marcó un hito en el proceso de acceso de las mujeres a cargos de gobierno en el proceso histórico electoral2.

En 1966, nuevamente, se impulsó una vuelta al régimen unipersonal para cargos ejecutivos nacionales y departamentales. Ello significó que los Concejos Departamentales fueron sustituidos por los Intendentes, manteniéndose ese régimen hasta el presente. En tanto que en la integración de las Juntas Departamentales se redujo el número de componentes, unificándolas en treinta y uno para todo el país, sin diferencia entre la capital y los departamentos como venía ocurriendo desde 1918.

Se presenta la relación de las elecciones departamentales de Rocha, entre 1919 a 2015, período en el que las autoridades ejecutivas y legislativas del departamento fueron elegidas por el cuerpo electoral.

10. Autoridades Departamentales elegidas en Rocha entre 1919 y 2015

ELECCIONES DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1919

PARTIDO POLÍTICO

T/

Concejales

T/

VOTOS

%

T/

ASAMBLEA

REPRESENTATIVA

COLORADO

4

3.625

52,47

16

NACIONAL

3

3.284

47,53

14

TOTALES

7

6.909

100 %

30

Resultaron electos como Concejeros Departamentales por el Partido Colorado 4 miembros: Sres. Miguel H. Lezama (h), Manuel Presa, Ángel María Rivero y Dr. Aníbal Zárate. Por el Partido Nacional 3 miembros: Dr. Francisco H. López, Sres. Gregorio Anza y Víctor J. Barrios.

Resultaron electos como miembros de la Asamblea Representativa por el Partido Colorado 16 miembros y 14 por el Partido Nacional.

ELECCIONES DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1922

PARTIDO

POLÍTICO

T/

Concejales

T/

VOTOS

%

T/

ASAMBLEA

REPRESENTATIVA

COLORADO

3

4.546

50,50

16

NACIONAL

2

4.401

48,89

15

COMUNISTA

0

55

0,61

0

TOTALES

5

9.002

100 %

31

Resultaron electos como Concejeros Departamentales por el Partido Colorado 3 miembros: Sr. Miguel H. Lezama (h.), Esc. Miguel Pezzolano Fernández y Esc. Ángel María Rivero. Por el Partido Nacional 2 miembros: Esc. Gregorio Anza y Sr. Víctor J. Barrios.

Resultaron electos como miembros de la Asamblea Representativa por el Partido Colorado 16 miembros. Por el Partido Nacional 15 miembros.

ELECCIONES DE 29 DE NOVIEMBRE DE 1925

PARTIDO

POLÍTICO

T/

Concejales

T/

VOTOS

%

T/

ASAMBLEA

REPRESENTATIVA

COLORADO

3

4.901

50,29

16

NACIONAL

2

4.700

48,22

15

COMUNISTA

0

145

1,49

0

TOTALES

5

9.746

100 %

31

Resultaron electos como Concejeros Departamentales por el Partido Colorado 3 miembros: Sres. Amaranto B. Torres, Medardo A. Silvera y Ángel María Rivero. Por el Partido Nacional 2 miembros: Sres. Miguel Dinegri Costa y Ruperto A. Ventura.

Resultaron electos como miembros de la Asamblea Representativa por el Partido Colorado 16 miembros. Por el Partido Nacional 15 miembros.

ELECCIONES DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1928

PARTIDO

POLÍTICO

T/

Concejales

T/

VOTOS

%

T/

ASAMBLEA

REPRESENTATIVA

NACIONAL

3

5.332

50,71

16

COLORADO

2

4.948

47,06

15

COMUNISTA

0

217

2,06

0

UNIÓN CÍVICA DEL URUGUAY

0

18

0,17

0

TOTALES

5

10.515

100 %

31

Resultaron electos como Concejeros Departamentales por el Partido Nacional 3 miembros: Dr. Antonio Lladó, Sr. Julián Redín y Esc. Enrique Díaz. Por el Partido Colorado 2 miembros: Sres. Medardo A. Silvera y Orosmán de los Santos.

Resultaron electos como miembros de la Asamblea Representativa por el Partido Nacional 16 miembros. Por el Partido Colorado 15 miembros.

ELECCIONES DE 29 DE NOVIEMBRE DE 1931

PARTIDO

POLÍTICO

T/

Concejales

T/

VOTOS

%

T/

ASAMBLEA

REPRESENTATIVA

COLORADO

3

5.910

51,05

16

NACIONAL

2

5.506

47,56

15

COMUNISTA

0

160

1,38

0

TOTALES

5

11.576

100 %

31

Resultaron electos como Concejeros Departamentales por el Partido Colorado 3 miembros: Sres. Amaranto B. Torres, Arístides Lezama e Ildefonso Sagastiverry. Por el Partido Nacional 2 miembros: Sres. Amado Cardoso y Orlando Mesías.

Resultaron electos como miembros de la Asamblea Representativa por el Partido Colorado 16 miembros. Por el Partido Nacional 15 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 27 DE MARZO DE 1938

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

COLORADO

1

9.182

68,76

6

NACIONAL

0

4.070

30,48

3

COMUNISTA

0

101

0,76

0

TOTALES

1

13.353

100 %

9

Resultó electo Intendente el Sr. Medardo A. Silvera (P. Colorado).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Colorado 6 miembros. Por el Partido Nacional 3 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 29 DE NOVIEMBRE DE 1942

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

COLORADO

1

11.207

56,85

9

NACIONAL

INDEPENDIENTE

0

4.070

20,65

3

NACIONAL

0

3.847

19,52

3

UNIÓN CÍVICA DEL URUGUAY

0

308

1,56

0

COMUNISTA

0

178

0,90

0

SOCIALISTA

0

102

0,52

0

TOTALES

1

19.712

100 %

15

Resultó electo Intendente el Arq. Arístides D. Lezama (P. Colorado).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Colorado 9 miembros. Por el Partido Nacional Independiente 3 miembros.Por el Partido Nacional 3 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1946

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/VOTOS

%

T/JUNTA DEPTAL.

NACIONAL

1

5.276

24,14

8

NACIONAL

INDEPENDIENTE

0

4.824

22,07

2

COLORADO

0

4.663

21,33

2

PARA SERVIR

A ROCHA

0

4.521

20,68

2

POR EL

PROGRESO

DEPARTAMENTAL

0

2.051

9,38

1

COMUNISTA

0

323

1,48

0

UNIÓN CÍVICA DEL URUGUAY

0

199

0,91

0

SOCIALISTA

0

1

0

0

TOTALES

1

21.858

100 %

15

Resultó electo Intendente el Sr. Blanco Pereyra Núñez (P. Nacional).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Nacional 8 miembros. Por el Partido Nacional Independiente 2 miembros. Por el Partido Colorado 2 miembros. Por el Partido Para Servir a Rocha 2 miembros.Por el Partido Por el Progreso Departamental 1 miembro.

ELECCIONES GENERALES DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1950

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

COLORADO

1

14.312

54,02

8

NACIONAL

0

6.592

24,88

4

NACIONAL

INDEPENDIENTE

0

5.029

18,98

3

UNIÓN CÍVICA DEL URUGUAY

0

383

1,45

0

COMUNISTA

0

176

0,66

0

TOTALES

1

26.492

100 %

15

Resultó electo Intendente el Dr. Víctor Galcerán Fonseca, quien renunció al ser convocado por lo que ocupó la titularidad el primer suplente Dr. Mario R. Sobrero (P. Colorado). El 15 de julio de 1954 falleció el Dr. Mario R. Sobrero que se desempeñaba como Intendente. Al ser convocados el segundo y tercer suplente Sres. Roberto Bertolini y Alcídes Cambre no aceptaron ocupar la Intendencia, por lo que finalmente se convocó a la cuarta y última suplente, Maestra Amabilia Márquez Castro la que así, se convirtió, en la primera mujer que ocupó la titularidad de una Intendencia Municipal en el Uruguay. Había sido electa por la hoja de votación N° 114. Ocupó el cargo desde agosto de 1954 al 15 de febrero de 1955.

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Colorado 8 miembros. Por el Partido Nacional 4 miembros. Por el Partido Nacional Independiente 3 miembros.

Blanco Pereyra Núñez Tabaré Sobrero Amabilia Márquez Castro

Blanco Pereyra Núñez Tabaré Sobrero Amabilia Márquez Castro

ELECCIONES GENERALES DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1954

PARTIDO

POLÍTICO

T/CONCEJ.

T/VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

COLORADO

3

13.589

51,25

17

NACIONAL

2

7.117

26,84

8

NACIONAL

INDEPENDIENTE

0

4.913

18,53

6

UNIÓN CÍVICA DEL URUGUAY

0

551

2,08

0

COMUNISTA

0

184

0,69

0

SOCIALISTA

0

160

0,60

0

TOTALES

5

26.514

100 %

31

Resultaron electos Concejeros Departamentales por el Partido Colorado el Dr. Víctor Galcerán Fonseca, Roberto Bertolini y Alcídes Cambre. Por el Partido Nacional los Sres. Héctor Fernández Graña y Antonio Arboleya.

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Colorado 17 miembros. Por el Partido Nacional 8 miembros. Por el Partido Nacional Independiente 6 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1958

PARTIDO

POLÍTICO

T/

CONCEJ.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

NACIONAL

3

16.656

57,22

18

COLORADO

2

9.735

33,44

11

UNIÓN DEMÓCRATA REFORMISTA

0

1.839

6,32

2

UNIÓN CÍVICA DEL URUGUAY

0

436

1,50

0

SOCIALISTA

0

238

0,82

0

COMUNISTA

0

207

0,71

0

TOTALES

5

29.111

100 %

31

Resultaron electos Concejeros Departamentales por el Partido Nacional 3 miembros: Dr. Héctor Lucián Canzani, Prof. Carlos Julio Pereyra y Sr. Jaime Machado. Por el Partido Colorado 2 miembros Sres. Francisco Rocca Crelis y Mauro Silva.

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Nacional 18 miembros. Por el Partido Colorado 11 miembros. Por el Partido Unión Demócrata Reformista 2 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1962

PARTIDO

POLÍTICO

T/

CONCEJ.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

NACIONAL

3

17.326

53,46

17

COLORADO

2

14.114

43,55

14

DEMÓCRATA

CRISTIANO

0

373

1,15

0

UNIÓN POPULAR

0

301

0,93

0

FRENTE

IZQUIERDA DE

LIBERACIÓN

0

291

0,90

0

MOVIMIENTO

PROGRESISTA

0

3

0,01

0

TOTALES

5

32.408

100 %

31

Resultaron electos Concejeros Departamentales por el Partido Nacional 3 miembros: Sr. Mario A. Amaral, Escr. Analio Amonte y Sr. Isidoro González Viera. Por el Partido Colorado 2 miembros Sres. Milton de los Santos y Washington García Rijo.

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Nacional 17 miembros. Por el Partido Colorado 14 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 27 DE NOVIEMBRE DE 1966

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

COLORADO

1

16.380

49,99

16

NACIONAL

0

15.562

47,49

15

FRENTE

IZQUIERDA DE

LIBERACIÓN

0

459

1,40

0

DEMÓCRATA

CRISTIANO

0

188

0,57

0

MOVIMIENTO CÍVICO

CRISTIANO

0

100

0,31

0

SOCIALISTA

0

79

0,24

0

UNIÓN POPULAR

0

4

0,01

0

TOTALES

1

32.772

100 %

31

Resultó electo Intendente el Sr. Jaime López Barrera (P. Colorado).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Colorado 16 miembros. Por el Partido Nacional 15 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 28 DE NOVIEMBRE DE 1971

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

NACIONAL

1

20.493

48,40

16

COLORADO

0

19.199

45,35

14

DEMÓCRATA

CRISTIANO

(FRENTE AMPLIO)

0

2.592

6,12

1

UNIÓN RADICAL

CRISTIANA

0

55

0,13

0

TOTALES

1

42.339

100 %

31

Resultó electo Intendente el Sr. Mario Amaral (P. Nacional).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Nacional 16 miembros. Por el Partido Colorado 14 miembros. Por el Partido Demócrata Cristiano (Frente Amplio) 1 miembro.

ELECCIONES GENERALES DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1984

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

COLORADO

1

21.995

52,09

16

NACIONAL

0

16.985

40,23

13

DEMÓCRATA CRISTIANO (FRENTE AMPLIO)

0

2.760

6,54

2

UNIÓN

CÍVICA

0

481

1,14

0

TOTALES

1

42.221

100 %

31

Resultó electo Intendente el Sr. Adauto Puñales Lascano (P. Colorado).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Colorado 16 miembros. Por el Partido Nacional 13 miembros. Por el Partido Demócrata Cristiano (Frente Amplio) 2 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1989

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

NACIONAL

1

22.443

50,15

16

COLORADO

0

17.937

40,08

13

FRENTE AMPLIO

0

2.641

5,90

1

POR EL GOBIERNO DEL PUEBLO

0

1.730

3,87

1

DE LOS TRABAJADORES

0

2

0

0

TOTALES

1

44.753

100 %

31

Resultó electo Intendente el Dr. Irineu Riet Correa (P. Nacional).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Nacional 16 miembros. Por el Partido Colorado 13 miembros. Por el Partido Frente Amplio 2 miembros.

ELECCIONES GENERALES DE 27 DE NOVIEMBRE DE 1994

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

COLORADO

1

19.526

43,16

16

NACIONAL

0

18.591

41,10

12

ENCUENTRO

PROGRESISTA

FRENTE AMPLIO

0

5.776

12,77

3

NUEVO ESPACIO

0

1.322

2,92

0

DEL SOL

0

16

0,04

0

UNIÓN CÍVICA

0

6

0,01

0

TOTALES

1

44.753

100 %

31

Resultó electo Intendente el Sr. Adauto Puñales Lascano (P. Colorado).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Colorado 16 miembros. Por el Partido Nacional 12 miembros. Por el Partido Encuentro Progresista Frente Amplio 3 miembros.

ELECCIONES DEPARTAMENTALES DE 14 DE MAYO DE 2000

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/

VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

NACIONAL

1

22.140

45,63

16

COLORADO

0

18.301

37,72

11

ENCUENTRO

PROGRESISTA

FRENTE AMPLIO

0

7.858

16,19

4

NUEVO ESPACIO

0

225

0,46

0

TOTALES

1

48.524

100 %

31

Resultó electo Intendente el Dr. Irineu Riet Correa (P. Nacional).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Nacional 16 miembros. Por el Partido Colorado 11 miembros. Por el Partido Encuentro Progresista Frente Amplio 4 miembros.

ELECCIONES DEPARTAMENTALES DE 8 DE MAYO DE 2005

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

ENCUENTRO

PROGRESISTA

FRENTE AMPLIO

NUEVA MAYORÍA

1

25.080

51,72

16

NACIONAL

0

18.852

38,88

12

COLORADO

0

4.557

9,40

3

TOTALES

1

48.489

100 %

31

Resultó electo Intendente el Sr. Artigas Barrios (P. Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría 16 miembros. Por el Partido Nacional 12 miembros. Por el Partido Colorado 3 miembros.

ELECCIONES DEPARTAMENTALES DE 9 DE MAYO DE 2010

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

ENCUENTRO

PROGRESISTA FRENTE AMPLIO NUEVA MAYORÍA

1

27.123

57,55

18

NACIONAL

0

15.559

32,97

11

COLORADO

0

4.009

8,50

2

INDEPENDIENTE

0

225

0,04

0

ASAMBLEA

POPULAR

0

275

0,58

0

TOTALES

1

47.191

100 %

31

Resultó electo Intendente el Sr. Artigas Barrios (P. Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría 18 miembros. Por el Partido Nacional 11 miembros. Por el Partido Colorado 2 miembros.

Adauto Puñales, Irineu Riet Correa, Artigas Barrios y Anibal Pereyra Huelmo, los intendentes post dictadura.

Adauto Puñales, Irineu Riet Correa, Artigas Barrios y Anibal Pereyra Huelmo, los intendentes post dictadura.

ELECCIONES DEPARTAMENTALES DE 10 DE MAYO DE 2015

PARTIDO

POLÍTICO

INTEND.

T/VOTOS

%

T/JUNTA

DEPTAL.

ENCUENTRO

PROGRESISTA – FRENTE AMPLIO – NUEVA MAYORÍA

1

23.230

48,92

16

NACIONAL

0

21.302

44,86

14

COLORADO

0

1.689

3,56

1

INDEPENDIENTE

0

665

1,40

0

ASAMBLEA

POPULAR

0

597

1,26

0

TOTALES

1

47.483

100 %

31

Resultó electo Intendente el Sr. Anibal Pereyra (P. Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría).

Resultaron electos como miembros de la Junta Departamental por el Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría 16 miembros. Por el Partido Nacional 14 miembros. Por el Partido Colorado 1 miembro.

11. Evolución del electoral de Rocha con respecto al resto del país: una tendencia decreciente firme y sostenida a lo largo del tiempo

Desde 1925 a la fecha se ha registrado un proceso constante de disminución porcentual respecto del total de habilitados del país.

La creación de la Corte Electoral y de la Oficina Nacional Electoral por la Ley Nº 7.690 de 9 de enero de 1924, han permitido sistematizar lasinscripciones cívicas y las estadísticas que permiten realizar un estudio preciso sobre la evolución del cuerpo electoral en todo el país y, particularmente, en este caso el de Rocha.

Además, la información es más precisa a partir de la vigencia de la Ley Nº 13.882 de 18 de setiembre de 1970, que consagró la obligatoriedad del voto y ha impuesto al cuerpo electoral a estar inscripto donde realmente tiene su residencia habitual. En base a ello se aplicaron nuevas disposiciones tendientes a la depuración del Registro Cívico Nacional lo que permite mantenerlo actualizado y realizar los traslados interdepartamentales, departamentales e inscripciones. De esa forma se ha logrado alcanzar una mayor exactitud sobre los inscriptos en cada departamento.

EVOLUCIÓN DEL ELECTORADO EN EL DEPARTAMENTO DE ROCHA CON RESPECTO AL TOTAL DEL PAÍS (1925-2015)

Elección

Habilitados en todo el país

Votantes en el departamento

% de votantes sobre el total del país

Elección con voto voluntario u

obligatorio

Nov./ 1925

304.005

9.746

3,21%

V/voluntario

Nov./ 1928

382.817

10.515

2,75%

V/voluntario

Nov./ 1931

419.271

11.576

2,76%

V/voluntario

Mar./ 1938

636.171

13.569

2,13%

V/voluntario

Nov./ 1942

858.713

19.712

2,30%

V/voluntario

Nov./ 1946

993.892

21.858

2,20%

V/voluntario

Nov./ 1950

1.168.206

26.492

2,27%

V/voluntario

Nov./ 1954

1.295.502

26.514

2,05%

V/voluntario

Nov./ 1958

1.410.105

29.111

2,06%

V/voluntario

Nov./ 1962

1.528.179

32.408

2,12%

V/voluntario

Nov./ 1966

1.658.368

32.772

1,98%

V/voluntario

Nov./ 1971

1.878.132

42.339

2,25%

V/obligatorio

Nov./ 1984

2.197.503

42.221

1,92%

V/obligatorio

Nov./ 1989

2.319.022

44.753

1,93%

V/obligatorio

Nov./ 1994

2.330.154

45.237

1,94%

V/obligatorio

May./ 2000

2.411.198

48.524

2,01%

V/obligatorio

May./2005

2.474.676

50.816

2,05%

V/obligatorio

May./2010

2.553.754

51.682

2,02%

V/obligatorio

May./2015

2.620.246

50.812

1,93%

V/obligatorio

En el período comprendido entre 1925 a 2015 el electorado de Rocha se redujo en un 1,28 % sobre el total nacional, pasando de 3,21% a 1,93%.

12. Conclusiones

El breve estudio sobre la historia electoral de Rocha ha permitido descubrir una serie de aspectos interesantes que dan elementos para un mayor conocimiento sobre los distintos comicios desde la creación del departamento y por otro lado, desde el momento en que cargos se tornaron elegibles.

Por razones de espacio, no ha sido posible incorporar los resultados de los plebiscitos constitucionales desde 1916 a la fecha, tampoco los referéndums nacionales, ni las elecciones municipales que comenzaron a realizarse conjuntamente con las elecciones departamentales a partir del año 2010.

 

1 Juan E. Pivel Devoto: “Historia de los Partidos y de las Ideas Políticas en el Uruguay. Tomo II. “La definición de los bandos” 1828-1838. Editorial Medina, Montevideo, 1956. Pág. 57.

2 Ver “El fin de la inocencia. La Representación Proporcional Integral falseada”. de Guillermo García Costa y Rodolfo González Rissotto. Ediciones de la Plaza. Montevideo, 2013.

3 Rodolfo González: “Legislación Electoral del Uruguay”. Tomo I. (1730 a 1903). CELADU, Montevideo, abril de 1991. Pág. 111.

4 Rodolfo González: “Ob.Cit.”: Págs. 233/234.

5 Rodolfo González Rissotto: “La Guerra Civil de 1904 y la legislación electoral inmediata posterior” (noviembre de 1904 a enero de 1905”. Artículo publicado en “Revista Blanca”. Segunda Época, Nº 3. Mayo de 2004. Editorial Tradinco. Montevideo, junio de 2004.

6 Rodolfo González: “Ob. Cit.”: Págs. 233/234.

7 María Julia Ardao: “Alfredo Vásquez Acevedo. Contribución al estudio de su vida y su obra”. Tomo III. El Legislador. El Constituyente. Apartado de la Revista Histórica. Publicación del Museo Histórico Nacional. Tomo XLIV. Montevideo, 1974, Págs.196 y sigs.

8 Rodolfo González Rissotto: “La Guerra Civil de 1904 y …”. Pag.

9 Rodolfo González Rissotto: “El Doble voto simultáneo”. Una experiencia singular en el Uruguay. “Sufragio”, Revista especializada en Derecho Electoral. Publicación del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco. Publicación Semestral, diciembre10-mayo11, 3ª. Época, N° 6. México, 2011.

10 Guillermo García Costa y Rodolfo González Rissotto: “Ob. Cit.”.Pág. 197.

11 Bernardo P. Berro: “Escritos Selectos”. Prólogo de Juan E. Pivel Devoto. Biblioteca Artigas. Colección de Clásicos Uruguayos. Volumen 111. Montevideo, 1966, Pág. XLV.

12 Rodolfo González Rissotto: “Mujeres y Política en el Uruguay”. Colección Ensayos. Ediciones de la Plaza. Montevideo, Agosto de2004. Pág. 97.

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